Comité de apelaciones

Funciones del comité de apelaciones

  1. Elegir entre sus miembros la persona que haya de presidirlo.
  2. Dictar y aprobar su propio reglamento.
  3. Conocer en segunda instancia del recurso de apelación interpuesto contra las resoluciones de la junta directiva y dar respuesta al mismo a mas tardar dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que se reciba oficialmente.
  4. Dejar constancia escrita en las actas de los casos tratados, con sus respectivos anexos y soportes.